La recomendación mundial señala que los bebés deben recibir lactancia exclusiva hasta los seis meses de edad. Por eso, se hacen todos los esfuerzos para que las madres puedan amamantar a sus hijos durante todo este período e intentar extenderlo, complementado con otros alimentos después de los primeros seis meses. Sin embargo, no siempre es posible cumplir con esta sugerencia y, en esos casos, se puede recurrir a un sucedáneo de leche materna o “relleno”.

La doctora Patricia Bustos, nutrióloga infantil de Clínica Dávila, señala que se denomina sucedáneo a las “fórmulas lácteas artificiales, alimentos tipo colados, picados, pulpas de fruta, mamaderas y chupetes que están destinados a la alimentación de los lactantes”.

En Chile, en el mercado de fórmulas lácteas infantiles participan varias compañías. Entre las fórmulas lácteas más conocidas están las fórmulas de inicio (0 a 6 meses) que se identifican con el número 1; las fórmulas de continuación (6 a 12 meses) que tienen el número 2; las fórmulas de crecimiento (mayores de 12 meses) con el 3, y las fórmulas para necesidades especiales para lactantes que lo requieren como es el caso de bebés con intolerancia a la lactosa, reflujo o alergia a la proteína de leche de vaca, entre otras.

¿Cuándo se indica un sucedáneo de leche materna?

Según explica la especialista, cuando la madre no tiene suficiente leche para alimentar a su hijo, lo que “se intenta objetivar mediante el reporte de la madre, al descubrir que su bebé no queda satisfecho (que llora aún después de haber mamado), que no tiene un adecuado incremento de peso en cada control y/o que la madre se queja que secreta poca leche”.  En estos casos se corrige la técnica de amamantamiento, se dan consejos para revertir estas condiciones y, si aún persisten, especialmente los menores incrementos de peso, se indica un “relleno”. Si esto mejora se vuelve a la alimentación al pecho exclusiva. En caso contrario se indica el uso de un sucedáneo pero hay que elegir el mejor para cada caso en particular, por lo que éste debiera ser indicado por el profesional de salud que controla al lactante, indica la doctora Bustos.

Hay otras condiciones, menos frecuentes, en las que también se indica un sucedáneo. Por ejemplo, algunas enfermedades de la madre (tuberculosis activa, VIH, enfermedades psiquiátricas graves y otras), cuando la madre consume medicamentos o drogas que pueden dañar al niño(a) y también en casos en que el lactante presente algunas enfermedades metabólicas serias (galactosemia, por ejemplo).

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