La ley de inclusión laboral define una reserva legal de contratación del 1% del total de trabajadores de una empresa u organismo público, para personas con discapacidad, en el caso que cuenten con 100 o más trabajadores. Estas personas deberán estar inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad. En Chile, uno de cada cinco adultos tiene algún grado de discapacidad, lo que equivale a 2,6 millones de personas, de las cuales un 39% tiene empleo por el que percibe una remuneración.

Fundación Tacal se ocupa de capacitar a personas con capacidades diferentes, y luego, a quienes cumplen satisfactoriamente las capacitaciones, les buscan un empleo de acuerdo a las competencias de cada uno.

Existen algunas instituciones, como Clínica Dávila, que llevan muchos años trabajando con personas con diferentes tipos de discapacidad, de manera voluntaria y desde mucho antes de que fuera una normativa. Es por esto que la senadora Ximena Rincón, junto a la Presidenta de la Fundación Tacal, visitaron la Clínica Dávila y la reconocen como un referente en materia de inclusión laboral.

(Imagen: María José Moreno – Secretaria de Rehabilitación)

Andrea Zondek, Presidenta de la Fundación Tacal, señaló que “Clínica Dávila viene trabajando el tema de inclusión laboral desde mucho antes que tuviésemos esta ley. Fundación Tacal ya ha incluido en la clínica a seis trabajadores con discapacidad. Lo más destacado es que hoy las personas con discapacidad se van a incorporar por derecho y no por caridad, por lo que esta ley es una tremenda oportunidad para avanzar hacia el Chile inclusivo que todos deseamos”.

Por su parte, la senadora Ximena Rincón indicó que “debemos entender que la inclusión es una responsabilidad, que significa reconocer a las personas con discapacidad como ciudadanos que tienen los mismos derechos que cualquier persona sin discapacidad, y es nuestra responsabilidad, el hacer que nuestro país sea más inclusivo”.

Para atenuar los potenciales costos de esta política pública, se diseñó una implementación gradual partiendo por las grandes empresas, es decir, de más de 200 trabajadores, para luego incorporar a las de 100, y la opción de cumplir de forma subsidiaria sin expresión de causa durante los dos primeros años.

Reconociendo la dificultad que podrían enfrentar algunas empresas para cumplir esta obligación, la ley contempla medidas alternativas en casos fundados, como son, la naturaleza de las funciones que desarrolla la empresa o por falta de personas interesadas en las ofertas de trabajo. Las empresas que justifiquen esta imposibilidad podrán cumplir su obligación en forma subsidiaria, a través de contratos de servicios con empresas inclusivas o mediante donaciones a proyectos o programas de organizaciones sin fines de lucro dedicadas a la rehabilitación o inserción laboral de personas con discapacidad.

Para el sector público se consagra también un mecanismo de selección preferente en los procesos de selección de personal. En igualdad de condiciones de mérito, los servicios públicos deberán preferir a personas con discapacidad.

La correcta implementación de esta ley constituye un enorme desafío para toda la sociedad, ya que se deben generar adecuaciones en los espacios de trabajo, mejoras en la accesibilidad y principalmente, cambios en la cultura organizacional. Además, existen importantes desafíos para el sector público, no sólo en su condición de empleador, sino para la gestión y capacidad de respuesta de las instituciones públicas responsables de facilitar la implementación de la ley, como la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), la Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS), la Dirección del Trabajo y el Registro Civil, entre otros. El plazo para cumplir la normativa es un año a partir de este 1 de abril de 2018.

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